¿Se puede imponer un gravamen sobre mi casa por la deuda de un cónyuge?
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Según la ley de Texas, todos los bienes y ganancias de ambos cónyuges adquiridos durante el matrimonio se consideran bienes gananciales (propiedad conjunta de los cónyuges). No importa de quién sea el ingreso que se pagó o a nombre de quién está el título, el contrato, la cuenta o el pagaré, siempre y cuando se haya comprado entre la fecha del matrimonio y la fecha del divorcio y no haya sido un regalo, una herencia o un acuerdo por daños personales.
Todo lo que se adquiere durante el matrimonio es propiedad comunitaria a menos que un cónyuge pueda demostrar (o los cónyuges estén de acuerdo) que es propiedad separada. Los bienes separados son los que se poseían antes del matrimonio, o los que se adquirieron durante el matrimonio como regalo, por herencia o como parte de un acuerdo por daños personales.
Reembolso: Una casa o un coche comprados antes del matrimonio son bienes separados. Pero si los pagos de la hipoteca o del coche de la propiedad separada se hicieron con fondos comunitarios después del matrimonio, el cónyuge no propietario puede pedir el reembolso del dinero gastado para pagar la propiedad separada del otro cónyuge.
¿Se puede imponer un gravamen sobre un bien que es de propiedad conjunta en ny
Sin embargo, los bienes adquiridos por una pareja casada que vivía en un estado de propiedad no comunitaria no son, por definición, bienes comunitarios. En cambio, la ley de Arizona considera que esos bienes son cuasi-comunitarios.
El tribunal en el caso Janis confirmó que un condominio situado en Hawai por una pareja casada de Arizona constituía una propiedad cuasi-comunitaria aunque la ley en Hawai no tuviera leyes de propiedad comunitaria.
Sin embargo, existen numerosas excepciones a la regla general de que las deudas contraídas durante el matrimonio son deudas comunitarias. Por ejemplo, un préstamo contraído durante el matrimonio para refinanciar la vivienda única y separada de un cónyuge seguirá siendo la deuda única y separada del cónyuge propietario de esa vivienda separada.
Las cuentas bancarias abiertas durante el matrimonio son bienes gananciales si el dinero de las cuentas se ganó durante el matrimonio. No importa si la cuenta bancaria está sólo a nombre de uno de los cónyuges o es de propiedad conjunta de las partes.
Las prestaciones de la seguridad social están creadas por la ley federal en la Ley de Seguridad Social. La Ley de la Seguridad Social, en consecuencia, establece que las prestaciones de la seguridad social de una persona no son transferibles ni cedibles.
¿Pueden embargar mi casa por la deuda de un cónyuge en California?
Quién es dueño de qué propiedad en un matrimonio, después del divorcio, o después de la muerte de un cónyuge depende de si la pareja vive en un estado de propiedad de derecho común o un estado de propiedad comunitaria. Durante el matrimonio, estas clasificaciones pueden parecer triviales – y normalmente no son un factor – pero en los desafortunados eventos de divorcio o muerte, estos detalles se vuelven muy importantes.
La mayoría de los estados son de derecho común. Entonces, ¿qué significa vivir en un estado de propiedad de derecho común y quién es dueño de qué después de un divorcio? El término «common law» es simplemente un término utilizado para determinar la propiedad de los bienes conyugales (bienes adquiridos durante el matrimonio). El sistema de derecho consuetudinario establece que los bienes adquiridos por uno de los miembros de una pareja casada son propiedad completa y exclusiva de esa persona.
Sin embargo, si el título o la escritura de una propiedad se pone a nombre de ambos cónyuges, entonces esa propiedad pertenecería a ambos cónyuges. Si los nombres de ambos cónyuges figuran en el título, cada uno de ellos es propietario de la mitad del interés.
Ejemplo: Si Jorge compra un coche y lo pone sólo a su nombre, ese coche pertenece sólo a Jorge. Si Jorge compra un coche y lo pone a su nombre y al de su marido Bob, el coche pertenece a los dos.
Cómo superar la presunción de bienes gananciales en Arizona
CÓDIGO DE FAMILIATÍTULO 1. LAS RELACIONES MATRIMONIALESTÍTULO B. DERECHOS DE PROPIEDAD Y RESPONSABILIDADESCAPÍTULO 3. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BIENES CONYUGALESSUBCAPÍTULO A. REGLAS GENERALES PARA LOS BIENES SEPARADOS Y COMUNITARIOSSec. 3.001. BIENES SEPARADOS. La propiedad separada de un cónyuge consiste en: (1) la propiedad poseída o reclamada por el cónyuge antes del matrimonio; (2) la propiedad adquirida por el cónyuge durante el matrimonio por donación, legado o descendencia; y (3) la recuperación de los daños personales sufridos por el cónyuge durante el matrimonio, excepto cualquier recuperación de la pérdida de capacidad de ganancia durante el matrimonio.
Sección 3.003. PRESUNCIÓN DE PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD. (a) la propiedad poseída por cualquiera de los cónyuges durante o en la disolución del matrimonio se presume que es la propiedad de la comunidad. (b) el grado de prueba necesaria para establecer que la propiedad es propiedad separada es clara y convincente evidencia.
Sec. 3.004. REGISTRO DE LA PROPIEDAD SEPARADA. (a) una lista suscrita y reconocida de la propiedad separada de un cónyuge puede ser registrada en los registros de la escritura del condado en el que las partes, o uno de ellos, residen y en el condado o condados en los que se encuentra la propiedad real. (b) una lista de la propiedad real separada de un cónyuge no es aviso constructivo a un comprador de buena fe para el valor o un acreedor sin aviso real a menos que el instrumento es reconocido y registrado en los registros de la escritura del condado en el que se encuentra la propiedad real.