En muchos casos» las cláusulas suelo – málaga 24h tv
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Nueva sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sobre las reclamaciones hipotecarias. Hay muchas cosas buenas que decir sobre España, desde su clima hasta su fantástica comida y su acogedora gente. Por desgracia, su sistema bancario y sus supervisores siguen necesitando una actualización. En la década transcurrida desde la crisis financiera, los tribunales europeos han corregido continuamente a los españoles en sus decisiones sobre las prácticas bancarias españolas. La mayoría de ellas han tenido que ver con cláusulas hipotecarias que luego se han considerado ilegítimas. La más famosa es la cláusula suelo o floor clause, que establecía un interés mínimo a pagar que solía ser superior al índice de referencia EURIBOR estándar.
Del Canto Chambers ha estado muy ocupado estas últimas décadas ganando casos para clientes en España y el Reino Unido. De hecho, para muchos británicos era un valor añadido contratar a abogados españoles con un amplio conocimiento del sistema local, pero que también tenían una base de operaciones en el Reino Unido.
Dado que es importante seguir de cerca estas novedades, aquí repasaremos las dos actualizaciones más importantes para que los prestatarios puedan reclamar a los bancos españoles. Será especialmente relevante para aquellos propietarios británicos de viviendas españolas que puedan sentirse desconectados de las noticias en el continente.
Hipoteca ahora
En mayo de 2013, el Tribunal Supremo de España dictaminó que las hipotecas de este tipo eran «abusivas», pero inicialmente no se ordenó a los bancos que devolvieran el dinero a los clientes. En abril de 2016, un juez de Madrid fue más allá y decretó que 40 de los mayores prestamistas españoles tenían que devolver a los prestatarios los intereses extra pagados por las hipotecas que se remontaban a 2013.
Muchas hipotecas a tipo variable están vinculadas a los tipos de interés europeos (EURIBOR). Una cláusula suelo o Cláusula Suelo es una cláusula que impone un tipo de interés mínimo a las hipotecas a tipo variable, estableciendo un límite a la bajada del tipo. Así, aunque el tipo de interés de referencia baje, la cláusula actúa como límite o suelo. Normalmente, este límite puede oscilar entre el 2,5% y el 4,5% cuando el EURIBOR ha sido significativamente más bajo.
Tras la crisis financiera, los tipos de interés de referencia europeos han caído y se han mantenido en mínimos históricos, lo que significa en la práctica que los compradores de hipotecas españolas con una cláusula suelo en su hipoteca no se han beneficiado plenamente del entorno de tipos de interés más bajos de los últimos años y han acabado pagando miles de euros más en intereses de lo que deberían.
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‛Referencia prejudicial – Directiva 93/13/CEE – Contratos celebrados entre vendedores o proveedores y consumidores – Contratos hipotecarios – Cláusula «suelo» – Examen de la cláusula con vistas a su nulidad – Procedimiento colectivo – Acción de cesación – Suspensión de una acción individual con el mismo objeto
SOLICITUDES de decisión prejudicial con arreglo al artículo 267 TFUE presentadas por el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Barcelona, mediante resoluciones de 27 de junio de 2014, recibidas en este Tribunal los días 11 y 12 de agosto de 2014, en los procedimientos
Las peticiones se han formulado en procedimientos seguidos entre, en un caso, el Sr. Sales Sinués y Caixabank SA y, en el otro, el Sr. Drame Ba y Catalunya Caixa SA, ambos relativos a la anulación de cláusulas contractuales de contratos de préstamo hipotecario.
‘1. Una cláusula contractual no negociada individualmente se considerará abusiva si, en contra de las exigencias de la buena fe, provoca un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes derivados del contrato, en perjuicio del consumidor.
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La gran mayoría de los préstamos hipotecarios españoles se ofrecen a un tipo de interés variable vinculado al tipo interbancario del euro, también conocido como EURIBOR. En los últimos años, el tipo de interés EURIBOR ha bajado por debajo de cero para ayudar a los bancos centrales, y esta bajada de interés podría y debería haber tenido enormes beneficios para los prestatarios de hipotecas, reduciendo considerablemente sus pagos mensuales. Sin embargo, la práctica generalizada de ofrecer a los prestatarios hipotecas con cláusulas suelo, lo que significa que sus pagos no podían caer por debajo de una determinada cantidad o límite inferior, ha significado que los bancos españoles han estado haciendo caja mientras que los prestatarios han estado perdiendo.
Una sentencia del Tribunal Supremo en España ha considerado ahora la cláusula suelo como «nula, carente de transparencia» y «abusiva», declarando que los prestamistas españoles deben reembolsar a los prestatarios que firmaron contratos hipotecarios confusos que les impedían beneficiarse de una bajada de los tipos de interés. El Tribunal Supremo dictaminó que las reclamaciones de reembolso eran retroactivas a mayo de 2013, pero una sentencia posterior del Tribunal de la UE ha dictaminado que esta retroactividad surtirá efecto a partir de la fecha de su inicio.