Impuesto de no residentes en España
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El nuevo valor fiscal mínimo de los inmuebles en España, introducido el 1 de enero de 2022, se denomina «valor de referencia catastral». El antiguo sistema se basaba en el valor catastral multiplicado por un factor que variaba según el ayuntamiento y que, en la mayoría de los casos, estaba muy por debajo del precio real de mercado. Por el contrario, el nuevo valor fiscal se aproxima al precio real del mercado de forma mucho más realista, ya que -al igual que una valoración oficial del precio de una hipoteca- se basa en los precios de venta reales de la zona.
El nuevo valor fiscal mínimo se puede consultar online a través de la web del Catastro por el número catastral si se tiene número de identificación fiscal español y certificado digital. Aparte de la altura del valor, la principal consecuencia de este cambio es que -si se dispone de él- se ha convertido en el nuevo valor fiscal mínimo a declarar siempre en la compra de bienes inmuebles o en su adquisición por herencia o donación, en caso de que el valor en las escrituras fuera inferior.
Impuesto sobre bienes inmuebles en España
Las características que se registran en el registro de la propiedad son la ubicación del inmueble, la referencia catastral, el uso o destino del inmueble, la superficie, los planos, la calidad de las construcciones y el propietario.
Toda esta información se archiva en el registro de la propiedad bajo un código identificador de 20 caracteres y es muy valiosa para cualquier propietario, ya que una simple consulta en línea presentada a través de la oficina electrónica del registro de la propiedad puede proporcionar todos los detalles que necesita sobre su propiedad.
Valor catastral España
Todos los propietarios no residentes de inmuebles en España están obligados por ley a presentar una declaración de impuestos de no residentes cada año, alquilen o no su propiedad. El impuesto correspondiente a 2020 ya está vencido. El impuesto correspondiente a 2021 se puede pagar en cualquier momento durante 2022. Sin embargo, ya no es necesario gastar dinero en honorarios de abogados o representantes fiscales en España para hacer esto – ¡especialmente porque sus cargos son a menudo más que el propio impuesto! Utilizando nuestro servicio, puede presentar su propia declaración de impuestos o dejar que nosotros lo hagamos por usted. Sólo le llevará dos minutos rellenar nuestro formulario de pedido, y el trabajo está hecho. Por menos de treinta y cinco libras.
Calculamos su cuota tributaria, obtenemos y rellenamos los formularios fiscales correspondientes y le enviamos por correo electrónico o postal los formularios cumplimentados. Usted sólo tiene que presentar los formularios en el banco. Nuestro cargo incluido por este servicio es de 34,95 libras (por propiedad, no por persona).
Por sólo 12 libras esterlinas por persona, también podemos presentar los formularios por usted, pagar el impuesto y enviarle los recibos, es decir, «hacerlo todo». Por favor, indique el servicio que necesita al rellenar nuestro formulario de pedido.
Reclamacion valor catastral online
La renta catastral es la media de los ingresos netos normales que el inmueble proporciona a su propietario en un año. Se trata, por tanto, del valor medio neto de los alquileres en un año para el inmueble en la fecha de referencia. Esta fecha de referencia ha sido hasta ahora el 1 de enero de 1975.
Si ha construido o reformado una vivienda, tiene que informar a la sección de Cambios (antes de la inspección del Registro de la Propiedad) en un plazo de 30 días a partir de la entrada en uso (en el caso de una nueva construcción) o de la finalización de las obras (en el caso de reformas). Si no lo notifica, puede enfrentarse a sanciones administrativas o incluso penales.
Tras la declaración, la autoridad de Medidas y Evaluaciones (antes el Registro de la Propiedad) visitará el lugar para fijar la renta catastral si se trata de una obra nueva. Si se trata de una reforma, se revisará la antigua renta catastral. La nueva renta catastral o la renta catastral revisada se le notificará a continuación, es decir, se le comunicará por carta certificada.
Cada reclamación será examinada por el funcionario correspondiente. Este proceso implica un diálogo y un intercambio de opiniones entre las autoridades y el contribuyente. Si las dos partes no llegan a un acuerdo, pueden recurrir a un experto externo mediante un procedimiento de arbitraje.